EsSalud retira a hermana del senador Daniel Barragán cinco días después de nombrarla asesora
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EsSalud retira a hermana del senador Daniel Barragán cinco días después de nombrarla asesora

María del Carmen Barragán Coloma dejó el cargo de asesora III de la Presidencia Ejecutiva el 22 de octubre. La resolución no precisa los motivos de su salida y establece obligaciones posteriores al cese.El Seguro Social de Salud (EsSalud) dio por concluida la designación de María…

EsSalud retira a hermana del senador Daniel Barragán cinco días después de nombrarla asesora

María del Carmen Barragán Coloma dejó el cargo de asesora III de la Presidencia Ejecutiva el 22 de octubre. La resolución no precisa los motivos de su salida y establece obligaciones posteriores al cese.

El Seguro Social de Salud (EsSalud) dio por concluida la designación de María del Carmen Barragán Coloma, hermana del senador Daniel Barragán, como asesora III de la Presidencia Ejecutiva, apenas cinco días después de su nombramiento.

La salida fue formalizada el 22 de octubre de 2026 mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva N.° 1407-PE-ESSALUD-2026. Su designación había sido aprobada el 17 de octubre, a través de la Resolución N.° 001388-PE-ESSALUD-2026.

El cargo correspondía al nivel Ejecutivo 3 y formaba parte de los puestos de confianza de la Presidencia Ejecutiva del Seguro Social de Salud. El documento que formalizó el cese fue firmado por Elizabeth Zulema, presidenta ejecutiva de EsSalud.

Resolución no detalla los motivos de la salida

En el documento, la institución señaló que consideraba pertinente dar por concluida la designación de Barragán Coloma, pero no expuso una explicación específica sobre las razones de la decisión.

La resolución también establece que la exfuncionaria debe mantener la reserva sobre los asuntos y la información a los que tuvo acceso durante el ejercicio de sus funciones.

Asimismo, dispone que respete las prohibiciones contempladas en la Ley N.° 31564. El incumplimiento de estas disposiciones puede derivar en una inhabilitación para prestar servicios al Estado, sin perjuicio de otras posibles responsabilidades.

Deberá presentar declaraciones juradas tras el cese

Entre las obligaciones posteriores a su salida, Barragán Coloma deberá presentar su declaración jurada de ingresos, bienes y rentas dentro de los 15 días útiles posteriores al cese.

Además, tendrá que presentar su declaración jurada de intereses ante la Contraloría General de la República dentro de los primeros 15 días hábiles desde la notificación de la resolución.

De esta manera, la resolución formaliza el fin de su designación y establece las obligaciones que deberá cumplir tras dejar el cargo.