Defensoría del pueblo exhorta a municipalidades a garantizar seguridad ciudadana y limpieza pública hasta inicios de 2027
El coordinador del Módulo Defensorial de Juliaca, Nibardo Enríquez Barriales, informó que se cursaron oficios a las municipalidades provinciales de Azángaro, Putina, Lampa y San Román para exhortar a las autoridades salientes a garantizar la continuidad de los servicios públicos,…
El coordinador del Módulo Defensorial de Juliaca, Nibardo Enríquez Barriales, informó que se cursaron oficios a las municipalidades provinciales de Azángaro, Putina, Lampa y San Román para exhortar a las autoridades salientes a garantizar la continuidad de los servicios públicos, principalmente seguridad ciudadana y limpieza pública, durante el cambio de gestión municipal.
El funcionario advirtió que, en anteriores gestiones, algunas municipalidades redujeron o dejaron de contratar personal al finalizar el año, además de no prever recursos para combustible, logística y funcionamiento de las unidades de serenazgo y los vehículos compactadores de residuos sólidos. Estas decisiones podrían afectar la atención de las necesidades de la población durante los primeros meses del siguiente año.
En ese sentido, Enríquez Barriales señaló que las autoridades municipales deben garantizar estos servicios hasta el 31 de diciembre de 2026, fecha en que culminan sus funciones, y prever presupuesto, personal y recursos logísticos para asegurar su continuidad durante los tres primeros meses de 2027, mientras las nuevas autoridades asumen y organizan sus respectivas gestiones.
Asimismo, precisó que no existe un monto único que deban dejar las municipalidades, debido a que el presupuesto requerido varía según el tamaño de cada jurisdicción y los gastos habituales destinados a seguridad ciudadana y limpieza pública. Por ello, recomendó que cada gobierno local programe los recursos necesarios de acuerdo con sus necesidades y disponibilidad presupuestal.
Finalmente, el coordinador del Módulo Defensorial de Juliaca extendió esta recomendación a los alcaldes distritales, a fin de evitar interrupciones en los servicios esenciales y proteger los derechos fundamentales de la ciudadanía durante la transición de las administraciones municipales.