Conductores podrán pagar solo el 10 % de sus multas de tránsito hasta el 23 de noviembre
Los conductores y transportistas que mantienen multas pendientes podrán regularizar sus deudas pagando solo el 10 % del valor de las sanciones hasta el próximo 23 de noviembre, gracias al régimen excepcional aprobado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC),…
Los conductores y transportistas que mantienen multas pendientes podrán regularizar sus deudas pagando solo el 10 % del valor de las sanciones hasta el próximo 23 de noviembre, gracias al régimen excepcional aprobado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), mediante el Decreto Supremo N.° 017-2026-MTC. La medida contempla una reducción del 90 % del monto de las multas comprendidas en la norma, según recordó la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (Sutran).
El acogimiento a este beneficio es voluntario y se concreta con el pago del monto reducido. Una vez cancelada la deuda, corresponde concluir y archivar el procedimiento sancionador o de cobranza coactiva, incluidos los gastos y costas respectivos. El descuento también alcanza a las multas que registran pagos parciales, pero en esos casos se aplica únicamente sobre el saldo pendiente. Si el infractor presentó un recurso administrativo contra la sanción, deberá desistirse de este; y si mantiene un proceso contencioso-administrativo ante el Poder Judicial, tendrá que presentar el cargo de la solicitud de desistimiento correspondiente, indicando el número de expediente judicial. Además, las multas pagadas bajo este régimen no generarán puntos en la licencia de conducir ni serán consideradas para determinar la reincidencia.
Sin embargo, el beneficio no comprende todas las infracciones. Entre las excluidas figuran conducir bajo los efectos del alcohol o las drogas, participar en accidentes de tránsito bajo dichas condiciones, manejar sin licencia válida o con una categoría que no corresponde al vehículo, exceder en más de 30 km/h el límite de velocidad, circular sin inspección técnica vehicular vigente o sin SOAT o CAT. Tampoco se aplica a determinadas infracciones vinculadas con la prestación de servicios de transporte sin autorización, agresiones a inspectores y accidentes que ocasionen daños personales, lesiones graves o muerte. La Sutran precisó que esta medida busca facilitar la regularización de las deudas pendientes sin debilitar las acciones de fiscalización frente a conductas que ponen en riesgo la seguridad vial.